jueves, 12 de abril de 2012

Un tribunal determina que el BOE no sirve para notificar multas de Tráfico


Somos tan masoquistas, que lo primero que solemos hacer cada mañana es leer el BOE para estar informado y cotejar si su chispeante contenido nos atañe para bien o para mal. No es verdad, pero la Administración lo presupone y nos supone enterados de sus notificaciones sobre sanciones y demás a través del medio. Menos mal que a veces la Justicia también aplica la cordura en sus decisiones. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón, por un recurso interpuesto al respecto, a la Asociación de Automovilistas Europeos (AEA), anulando un embargo de cuentas practicado para cobrar una multa porque Tráfico cursó avisos a través de boletines oficiales sin la previa y necesaria averiguación de cuál era el domicilio correcto del infractor, vulnerando con ello el derecho constitucional a la defensa. Y no es un caso aislado. Según la AEA, en los últimos cuatro años se dio esta circunstancia en uno de cada tres expedientes sancionadores, de Tráfico y municipales, lo cual dejó indefensos a más de cinco millones de automovilistas. Casi nada.

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