Somos tan masoquistas, que lo primero que solemos hacer cada mañana es leer el BOE para estar informado y cotejar si su chispeante contenido nos atañe para bien o para mal. No es verdad, pero la Administración lo presupone y nos supone enterados de sus notificaciones sobre sanciones y demás a través del medio. Menos mal que a veces la Justicia también aplica la cordura en sus decisiones. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón, por un recurso interpuesto al respecto, a la Asociación de Automovilistas Europeos (AEA), anulando un embargo de cuentas practicado para cobrar una multa porque Tráfico cursó avisos a través de boletines oficiales sin la previa y necesaria averiguación de cuál era el domicilio correcto del infractor, vulnerando con ello el derecho constitucional a la defensa. Y no es un caso aislado. Según la AEA, en los últimos cuatro años se dio esta circunstancia en uno de cada tres expedientes sancionadores, de Tráfico y municipales, lo cual dejó indefensos a más de cinco millones de automovilistas. Casi nada.
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