Un placer, amigos

Es un honor para mi el que visites mi página y espero que descubras algo que pueda interesarte. Además de reproducir los breves artículos de opinión que en días alternos publico en el diario El Progreso de Lugo, sobre variados temas del día a día, también procuro insertar pinceladas de actualidad, de contenido histórico (no al uso) o costumbrista para hacer más amenos los textos, viajes..., aparte de incluir algunos enlaces que pueden ser útiles en determinados momentos. También os invito a seguirme. Un saludo cordial desde la romana y amurallada ciudad de Lugo, la Lucus Augusti, en España.
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lunes, 2 de junio de 2014

Procesos judiciales con mucho ruido y que acaban desinflándose de contenido



Mucho ruido y pocas nueces. El caso de la retirada de multas de tráfico en Lugo, en espera de sentencia, parece haberse diluido como un azucarillo, y no es un caso único en cuanto a procesos judiciales muy aparatosos en su origen y desinflados en su final. A los profanos en técnica jurídica nos cuenta entender que una petición inicial por parte del fiscal de más de 40 años a 23 imputados se quede en nueve. Lo más llamativo son los siete solicitados al principal encausado, el exsubdelegado del Gobierno: se reducen a un año y tres meses. Lo mismo pasa con las sanciones económicas e inhabilitaciones. Ya se sabe que la demanda de penas, tanto las propulsadas por el ministerio público como por las partes, suelen modificarse a la baja o al alza, cuando se elevan a definitivas, pero hay veces que, durante la instrucción, podrían o debieran afinarse bastante más los cargos para evitar tales desajustes. Como chocante es también que se acuse a un alcalde, que opta por dejar su partido a raíz de ello, y que en el juicio se le exculpe al no confirmarse los indicios.

domingo, 25 de mayo de 2014

Pavoneos con uniforme: seis multas en 21 minutos por girar la cabeza al volante

Existe la sospecha de que no pocas de las multas de tráfico arrancan del afán recaudatorio estatal, con mayor fundamento que el de velar por la seguridad en las carreteras. Puede que sí, pero aún es peor que sean los agentes los que se arroguen atribuciones que no les pertenecen, bien sea por exceso de celo u obsesión patológica de pavonear su uniforme. Algo de eso debió ser la causa de la decena de sanciones impuestas en Poio (Pontevedra) por girar los conductores la cabeza más de cuarenta y cinco grados. Parece una chuscada, pero tiene pintas de ser un abuso (intolerable) que habrá que corregir y castigar. Conducir y girar la cabeza (lo que haga falta) es a veces necesario e incluso obligatorio. Pero la culpa no la tienen solo quienes se exceden en sus atribuciones sino quienes se lo consienten, y más si el ejecutor de más de la mitad de las denuncias fue el mismo agente y en un lapso de 21 minutos. Número y tiempo podría incluso justificarse, pero si la causa es únicamente el giro de cabeza, el despropósito no es dudoso. Que se dedique a otra cosa.

domingo, 29 de diciembre de 2013

¡¡Cuidado!!: ojo a la nueva normativa de la Dirección General de Tráfico

Para evitar desagradables sorpresas, mejor tener muy en cuenta las nuevas normas de la Dirección General de Tráfico. Nos lo agradecerá la cartera.


Despistes que le saldrán caros

- Si tiene carnet, se le olvida en casa y conduce sin llevarlo, la multa es de 10 euros.
- No indicar a la DGT que se ha cambiado de domicilio: 80 euros.
- No haber pasado la ITV: 200 euros.
- Ir con el carnet caducado: 200 euros.
- Conducir sin tener carnet: 500 euros -sin puntos-.
- Si conduce y no tiene carnet porque la DGT o un juez se lo han retirado comete un delito castigado con tres a seis meses de prisión y una multa de hasta 12 meses.
Trucos que le costarán mucho

- Circular por el arcén sin un causa justificada, por ejemplo, para ir más rápido en un atasco: 200 euros.
- Circular en un carril de alta ocupación yendo solo en el coche (como mínimo, deben ir dos personas): 200 euros.
- Dar un frenazo sin razón justificada. Por ejemplo, porque ha visto un radar y frena bruscamente para evitar la multa: 200 euros.
-Si los agentes consideran que su maniobra ha sido temeraria: 500 euros y 6 puntos.


No se la juegue

- Circular con la matrícula en mal estado o con un tamaño no homologado: 80 euros.
- Poner adornos, dibujos o publicidad en la matrícula: 80 euros.
- Iniciar la marcha haciendo patinar las ruedas a propósito: 100 euros.
- Tirar objetos (pañuelos, bolsas, papeles?) a la carretera: 200 euros.
- Arrojar una colilla o vidrio que puedan causar incendios: 200 euros.
- Usar al volante objetos que te distraigan de la carretera, como manipular el GPS: 200 euros.
- Conducir con cascos de audio puestos: 200 euros.
- Circular con un vehículo sin paragolpes: 200 euros.
- Circular con las ruedas en mal estado: 200 euros.
- Circular con su coche después de que te hayan denegado la ITV: 500 euros.

Está prohibido y es peligroso

- Usar el claxon sin motivo que lo justifique: 80 euros.
- Circular en bicicleta sin llevar el alumbrado, en situaciones de baja visibilidad: 80 euros.
- Adelantar a un vehículo pegándote mucho a él cuando te colocas delante: 200 euros.
- Aumentar la velocidad cuando va a ser adelantado: 200 euros.
- Dejar el coche en doble fila: 200 euros.
- No activar las luces del coche cuando no hay buena visibilidad:200 euros.
- No llevar iluminada la matrícula posterior: 200 euros.
- Subirse con el coche a la acera o dejarlo aparcado en ella: 200 euros.
- Circular detrás de un coche sin dejar la distancia mínima de seguridad -70 metros-: 200 euros y cuatro puntos.
- No ceder el paso a otro vehículo cuanto este último tenga preferencia: 200 euros y 4 puntos.
- Dar marcha atrás sin que esté permitido, por ejemplo en carretera, por habernos pasado un desvío: 200 euros y 4 puntos.
- Organizar o participar en carreras de coches ilegales: 500 euros.
Como peatón, también le multarán

- Atravesar la calzada extremadamente despacio, aunque sea por un paso de cebra, sin razón justificada: 80 euros.
- Cruzar por un lugar indebido o caminar por la carretera: 80 euros.
- Cruzar con el semáforo para peatones en rojo, incluso cuando ya está en ámbar: 200 euros.
- Provocar un accidente por caminar por la calzada de una carretera: 200 euros.
- Caminar por un "carril-bus", BUS VAO, o carril-bici: 200 euros.
Y es que, como ya sabréis, la última moda en multas es que la Administración ya no tiene obligación de notificarte las que te pongan.

Ni tampoco la policía tiene que pararte para darte tan mala noticia... !!!
Ahora las sanciones de tráfico tan solo quedan notificadas a través del BOE y como no te enteras... Pues tampoco puedes recurrir la sanción, ni favorecerte del cuento por pronto pago...!!! 
De esta artera y astuta forma la administración Pública incluso te "embarga" la cuenta, o te lo resta de la Declaración de la Renta, con el consiguiente pasmo y cabreo que tal argucia legalizada provoca...!!!

Pero como existe algún que otro Robin Hood tienes esta página en internet http://www.buscamultas.com/ en la cual introduciendo tu DNI y la matricula del vehículo puedes verificar las multas que tienes pendientes de ser notificadas en el BOE incluso te pueden avisar si sales publicado en un futuro.

Una vez efectuada la consulta en caso de que estés sancionado simplemente imprimes la página y con ello te vas a tráfico a retirarla o la recurres...

lunes, 5 de agosto de 2013

Cuando la Policía Local infringe las mismas normas por las que sanciona


Es fácil de entender lo frustrante y desagradable que resulta para un automovilista al que acaba de multar la Policía Local por estacionar en lugar prohibido, ver como un coche de la guardia urbana permanece indebidamente aparcado sin que nadie le sancione. Son malos modos que irritan y que no contribuye para nada a la buena imagen de un cuerpo que debe, ante todo y sobre todo, predicar con el ejemplo. O que el usuario de un vado tenga que esperar el tiempo que haga falta a que se le retire un vehículo policial que entorpece la salida o la entrada, como no es la primera vez que ocurre. Otros abusos fácilmente comprobables es la tendencia de las patrullas a circular en dirección prohibida o por zonas peatonales sin que las necesidades de servicio lo justifiquen, evidenciando una abusiva e innecesaria prepotencia, lo mismo que cuando se pone en peligro la integridad de las personas con velocidades extremas, activando señales acústicas y centelleantes sin que la urgencia lo demande.

viernes, 4 de mayo de 2012

Afán recaudatorio: con la crisis, doble de multas por infracciones de tráfico


Cuando no la certeza, al menos prevalece la duda de si el Gobierno se preocupa más por nuestra seguridad cuando incrementa las medidas de protección en las carreteras o lo hace por exprimirnos el bolsillo. El dilema parece  fácil de desentrañar ante la evidencia: la recaudación por multas de tráfico se duplicó durante la crisis; de los 432 millones ingresados por infracciones en 2010 se pasó a los 858 en 2011, y las previsiones para el ejercicio actual son de 856, lo que supone una insignificante caída. Una de dos, o la crisis ejerce una perniciosa conducta sobre los conductores, lo que carece de sentido, o hay una conjura para fortalecer el afán recaudatorio, como parece. Que exista una previsión ya es sospechoso, dando por cierta una predicción que no pasa de suposición. Hay que alcanzarla como sea, y eso ni es ético ni va a mejorar la seguridad de las carreteras. Así se explica que en Galicia los coches decomisados se usarán para vigilar el tráfico, y cuando se dice vigilar sobrevuela la convicción de que se pretende multar más. Y no parece el momento más oportuno.

jueves, 12 de abril de 2012

Un tribunal determina que el BOE no sirve para notificar multas de Tráfico


Somos tan masoquistas, que lo primero que solemos hacer cada mañana es leer el BOE para estar informado y cotejar si su chispeante contenido nos atañe para bien o para mal. No es verdad, pero la Administración lo presupone y nos supone enterados de sus notificaciones sobre sanciones y demás a través del medio. Menos mal que a veces la Justicia también aplica la cordura en sus decisiones. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón, por un recurso interpuesto al respecto, a la Asociación de Automovilistas Europeos (AEA), anulando un embargo de cuentas practicado para cobrar una multa porque Tráfico cursó avisos a través de boletines oficiales sin la previa y necesaria averiguación de cuál era el domicilio correcto del infractor, vulnerando con ello el derecho constitucional a la defensa. Y no es un caso aislado. Según la AEA, en los últimos cuatro años se dio esta circunstancia en uno de cada tres expedientes sancionadores, de Tráfico y municipales, lo cual dejó indefensos a más de cinco millones de automovilistas. Casi nada.

lunes, 9 de enero de 2012

Cuatro para empezar: desde hoy, sanciones por radares de tramo


Los cuatro radares de tramo en los túneles de Guadarrama (Madrid), Sartego (A Coruña), Despeñaperros (Jaén) y la circunvalación de Zaragoza comenzaron hoy a multar a los vehículos que superen la velocidad máxima permitida, según fuentes de la Dirección General de Tráfico (DGT).
Un nuevo sistema que controla la media de velocidad del tramo incluido y si hay exceso, multa al canto. En principio parece un sistema más equitativo y que será imposible de sortear, pero ya no se sabe si es para apuntalar los métodos de recaudación si para reforzar la prevención de accidentes. Sabiéndolo es fácil evitar las sanciones, pero habrá algunos que lo ignoren, lo cual no exime de ninguna responsabilidad, o los clásicos impacientes incapaces de asumir las limitaciones, con lo cual está muy bien que se les sanciones.
En Madrid, el nuevo radar está ubicado en el túnel III de Guadarrama, en la Autopista del Noroeste AP-6 sentido a la capital, en un tramo de 8 kilómetros y con velocidad limitada a 100 kilómetros por hora.
El radar de A Coruña está instalado en Fene, en el túnel do Sartego de la Autopista del Atlántico AP-9 en sentido Ferrol, en un tramo controlado de 1.231 metros, donde la velocidad máxima es de 90 kilómetros por hora.
En la A-4, carretera de Andalucía, el nuevo radar está localizado en Despeñaperros (Jaén), en un tramo controlado de 3.130 metros, en la zona de los túneles, entre los puntos kilométricos 245 y 249, dirección Madrid.
En la circunvalación de Zaragoza, Z-40, el radar de tramo está situado entre los puntos kilométricos 26,600 y 29,700, en un recorrido a cielo abierto de algo más de 3 kilómetros, con una velocidad limitada a 120 kilómetros por hora.

Nuevo sistema de medición

Los radares de tramo controlan la velocidad media de los vehículos que circulan en un determinado recorrido de vía.
Su objetivo principal, según la DGT, es regular la velocidad en aquellos tramos de carretera en que la seguridad está más comprometida, como son los túneles, viaductos o circunvalaciones de ciudades, con alta densidad de vehículos.
Ya están en funcionamiento desde diciembre de 2010 dos radares de este tipo: en el túnel II de Guadarrama sentido A Coruña y en el túnel de Torrox (Málaga), en la Autopista del Mediterráneo, A-7, en sentido Barcelona.
Estos dispositivos cuentan con dos cámaras instaladas al comienzo y al final del tramo, capaces de registrar con gran precisión tanto la matrícula como la hora exacta de paso del vehículo.
Con una sencilla operación matemática, el radar calcula la velocidad media mantenida por el vehículo en cuestión y, si es superior a la fijada en el tramo, fotografía al infractor y remite la imagen por fibra óptica al centro de gestión de multas de tráfico de León.
De nada sirve cambiarse de carril o frenar justo antes de la cámara instalada al final del tramo controlado, ya que el dispositivo calcula la velocidad media, y no a la que se circula en ese momento.

martes, 29 de marzo de 2011

¿Qué hacemos?: La ley sanciona por no alimentar a los animales y por darles comida en la calle

¿Qué podemos hacer cuando las leyes se contradicen? Si respetas una, vulneras la otra, y viceversa. Por ejemplo, en esta fotografía que capté en la plaza de Cataluña, en Barcelona, un niño da de comer a los cientos de palomas que allí se concentran, como bien saben quienes hayan estado en este precioso enclave de la capital catalana. Su actitud se ajusta a la legislación de las leyes que promulgan las comunidades autónomas, entre ellas la de Cataluña, que establece sanciones para quienes no alimenten debidamente a los animales. Ya sé que dicho así, sin más, es bastante difusa y confusa, pero en realidad lo que hace este chaval es eso, impedir que las palomas se mueran de hambre, y por tanto su acción altruista merece todos los elogios. 
Pero ojo, que en si lo vemos desde otro lado, puede estar cometiendo una infracción que puede llevarle (exagerando) a un correccional, porque ya saben que abundan los ayuntamientos que contemplan en sus ordenanzas (no sé si el de Barcelona también) fuertes sanciones para quienes den comida a palomas y otros animales callejeros, porque se pretende reducir su número por las molestias que ocasionan en el mobiliario urbano y también en los tejados y fachadas de los edificios. Como es de suponer, los ecologistas están en contra de estas medidas, pero los perjudicados por los excrementos no opinan lo mismo. Así que es una cuestión dificil de resolver, pero en cualquier caso lo que está haciendo este niño es aprobado por la mayoría de los ciudadanos.

sábado, 5 de febrero de 2011

Afán recaudatorio: Tráfico castiga la velocidad en las autovías y se olvida de las carreteras secundarias

Ya estarán al tanto de que la Dirección General de Tráfico ha fijado que en las vías limitadas a 120 kilómetros por hora(autovías y autopistas) se empiece a multar a partir de los 135 kilómetros por hora. Es el ajuste que desde Tráfico se ha hecho en los radares fijos y en los que utiliza la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil que hasta este año multaban a 138 kilómetros por hora. Uno de los argumentos es que se trata de hacerlos coincidir con los radares móviles que utiliza la Benemérita, pero también pudo hacerlo de manera inversa, adaptando estos últimos a los primeros, tal y como estaban. Otra cosa es que se sancione como se merecen los locos que tomen estas vías como pistas de competición.
Se trata, en una palabra, de recaudar, porque circular a 138 kilómetros por autovía o autopista no es precisamente un exceso que cause demasiados accidentes, que sobre todo se producen en las carreteras secundarias, por varias razones, entre ellas dos: son generalmente malas, porque no se invierte en arreglarlas y porque no existe vigilancia en ellas que contribuya a disuadir a los conductores.
Los radares para medir la velocidad tienen un margen de error que Tráfico siempre ha tenido en cuenta a la hora de establecer los límites de velocidad. A pesar de que los avances tecnológicos cada vez son mayores y los dispositivos son más precisos, los márgenes de error se siguen manteniendo.
Desde Tráfico se explica que el Centro Español de Meteorología es el que establece los márgenes de error y por lo tanto, el límite que se marca a los aparatos, a partir del cual deben empezar a multar. Desde el Ministerio del Interior ya se ha anunciado a comienzos de año la colocación de 100 nuevos radares detectores de velocidad.
Durante 2010 el porcentaje de vehículos detectados a más de 140 kilómetros por hora fue del 0,3. Una cifra que se ha reducido considerablemente si se compara con la extraída en el año 2001, año en el que el porcentaje se situaba en el 6,8.

domingo, 21 de noviembre de 2010

Guardia Civil: multados por no multar

POR MUY aceptado que esté, no acabo de entender por qué los futbolistas cobran primas por ganar, como si el hacerlo no entrase en el sueldo. Siendo así, ¿qué razón hay para no rebajar el salario cuando se pierde? Es como si hay que recompensar al fontanero cuando consigue cortar la fuga o arreglar el grifo. Digo esto porque la Dirección General de la Guardia Civil viene recriminando, dicen, a sus agentes porque multan poco, y anunciándoles a causa de ello la supresión de los plus de productividad en la paga mensual y, lo que es más llamativo, en la extra de Navidad, nada menos que quinientos euros “por desinterés y apatía en el servicio”. Se confirma así una práctica encubierta que siempre fue desmentida por los mandos para negar el afán recaudatorio. ¿Se pretende que se sancione incluso sin motivo, presionando al guardia para que se invente infracciones? Si fuese así, es una inmoralidad que exige ser explicada y rectificada. Evítese pagando lo suficiente, sin necesidad de pluses ni zarandajas.

jueves, 18 de noviembre de 2010

¿A qué velocidades se puede circular sin que nos pille el radar?

Como no está muy claro, la mayoría de los conductores siguen teniendo sus dudas en cuanto a la velocidad real que se puede circular por autovías, autopistas y carreteras sin que les pillen (nos pille) los radares de la Dirección General de Tráfico. Recordarán que siempre se dijo si el límite era 120, podías ir a 132; si era 100, a 110; y así sucesivamente. Despues de la intervencion del ministro Rubalcaba, que decía que el límite era 120, no podías ir a más, hubo una marcha atrás en la propuesta tras presentar CiU una enmienda en el Congreso, pero aun así sigue habiendo confusión. Acabo de ver en El Confidencial una respuesta al respecto de Automovilistas Europeos que despeja algunas dudas. Por eso me tomo la libertad de reproducirlo.
Desde el pasado 24 de mayo se han establecido, por primera vez en España, los límites de velocidad por ley. Y por tanto, superar en un solo km/h los límites de velocidad establecidos supone cometer una infracción.
Ahora bien, ¿cómo se determina si un conductor ha sobrepasado los límites de velocidad? Pues bien, hasta ahora el único sistema válido era la medición realizada por cinémometros (radares) homologados, a los cuales hay que aplicar unos márgenes de error legalmente establecidos, ya que no se trata de unas máquinas perfectas. En la actualidad, dichos errores máximos están establecidos en 4 o en 7 km/h., según se trate de radares fijos o móviles utilizados para mediciones inferiores a 100 km/h, o del 4% o 7%, respectivamente, cuando se efectuen mediciones superiores a ese valor.
Por eso, para poder aplicar el cuadro de sanciones previsto en la ley sobre la velocidad sobreimpresionada en la fotografia obtenida por el radar, hay que descontar primero dichos margenes de error. Si mañana se utilizaran radares tan precisos que no tuvieran márgen de error, el cuadro de sanciones se aplicaría directamente sobre la velocidad obtenida por el aparato de precisión, que es lo que va a ocurrir con las mediciones que se efectúen por los mal llamados 'radares de tramo' a los que no será necesario aplicar el margen de error.
Por tanto, el problema no está en la velocidad a la que se puede circular, sino cúal es la referencia que debe tener en cuenta a partir de ahora el conductor. Nuestro consejo práctico es que, en ciudad, no superes 5 km/h de margen sobre lo que marca el velocímetro, y en carretera no superes el 5%.

sábado, 31 de julio de 2010

Miserable artimaña

SIGUIENDO el día a día, a veces no queda otra que pellizcarse. ¿Está uno soñando o viviendo la increíble realidad? Ya centrados, lo segundo: los guardias civiles de tráfico se les evaluará (o evalúa ya) según el número de multas. Lo que se negó otras veces, no se desmiente hora, lo cual indica que va en serio. Se les rebaja el sueldo, como a cualquier funcionario, surge la actitud de ‘bolis caídos’, disminuye la recaudación un setenta por ciento y para enmendar la deriva se opta por premiar a los agentes que pongan más multas, dos puntos por cada denuncia de seguridad vial y cuatro si afecta al transporte. Lo demás casi no merece la pena. Intervenir en un accidente, sólo dos, y auxilio en carretera, uno. Seguro que tendrá éxito, pues engorda los exiguos salarios a fin de mes. Y Rubalcaba sigue diciendo, sin sonrojo, que no existe ningún afán recaudatorio. ¿Cómo es posible que el Ministerio del Interior utilice tan miserables artimañas para certificar sus despropósitos? ¡En qué manos estamos, señor!

domingo, 12 de julio de 2009

Multado por no multar

TANTO la Dirección General de Tráfico como la Guardia Civil jamás admitieron que se que primase a los agentes para que sancionasen más, afirmación que no concuerda con el castigo impuesto a un miembro de la Benemérita, en Valencia, que fue multado por eso, por no multar, al retirársele el plus salarial correspondiente. Creo entender, pues, que sancionar no depende sólo de si hay o no infractores, sino que es necesario cubrir el cupo, con o sin ellos. En este caso alega falta de rendimiento, porque el agente en cuestión venía aportando a la caja una media de cien multas al mes y, de repente, en uno no impuso ninguna. Puede que existan motivos profesionales o laborales que incidiesen en su absentismo, pero tampoco ha de descartarse que sea fruto de la casualidad, algo perfectamente posible e incluso razonable. Son desde luego reacciones que en ningún caso contribuyen a borrar las sospechas de que lo esencial, lo que más importa es hacer caja.
(El Progreso, 11/7/09)

miércoles, 18 de marzo de 2009

Obediencia indebida

CREO entender que una de las sanciones contempladas en el enredo de las multas sobreseídas corresponde a un coche oficial, cuyo conductor habría sobrepasado los límites de velocidad, y deduzco que cuando menos se planteó la duda de si era o no recurrible, con lo cual vuelve a emerger el doble rasero: que paguen los infractores del montón y que se perdone a quienes deberían dar ejemplo en el cumplimiento de las normas. El chófer de un vehículo oficial sabe perfectamente, como es obligado, cuáles son sus deberes, y si los vulnera habrá de asumir su culpa como otro cualquiera, sin que sirva para nada la recurrente ‘obediencia debida’, porque nadie le puede obligar a transgredir la ley. Si lo hiciese, sería una ‘obediemcia indebida’ que no le exime de responsabilidad. Pero lo que se entiende aún peor es por qué los usuarios de coche oficial van más siempre más acelerados que el resto de los mortales. Es para lo único que tienen prisa. ¿O es su prepotencia la que no puede esperar?

(El Progreso, 18/2/09)

domingo, 8 de marzo de 2009

Proporcionalidad

AHORA que retumba el ruido de las multas afloran también las reflexiones (y los cabreos) sobre cómo se cocinan y sobre las injusticias que rodean un negocio represivo, no digo que innecesario, pero que no es la panacea para evitar todos los males, más cuando abundan los malos ejemplos. Podrían ser revisados algunos conceptos, entre ellos la proporcionalidad de las cuantías, porque no da igual castigar con mil euros a un ricacho que a un menesteroso, siendo la responsabilidad la misma. Al primero le importa un comino y al segundo lo hundes en la miseria. Los finlandeses, por ejemplo, encontraron una solución que consiste en eso, que sean proporcionales a los posibles del infractor: fuertes sanciones a los pudientes y mínimas a quienes no lo son. A un multimillonario se le multó con 112.000 euros por un exceso de velocidad no exagerado. Debería ir a 60 y circulaba a 80. Claro, sus ingresos son de 570.000 euros al mes. Con todo y eso, no consta que se le perdonase…

(El Progreso, 8/2/09)

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